Luis Alfonso Erbes y su esposa, Lucrecia Zuttión, fueron imputados por el delito de Enriquecimiento ilícito. Ayer se conoció la desvinculación definitiva de ambos. Fiscalía no apeló el fallo de primera instancia que dictó un juez de Garantías. El 8 de junio, tras seis años de la investigación y con Erbes sin haber sido formalmente
Luis Alfonso Erbes y su esposa, Lucrecia Zuttión, fueron imputados por el delito de Enriquecimiento ilícito. Ayer se conoció la desvinculación definitiva de ambos. Fiscalía no apeló el fallo de primera instancia que dictó un juez de Garantías. El 8 de junio, tras seis años de la investigación y con Erbes sin haber sido formalmente imputado, se dictó su sobreseimiento y se archivó la causa contra la mujer. El juez había evaluado que no se pudo probar el enriquecimiento señalado.
Redacción EL DIARIO / [email protected]
El 8 de junio, el juez de Garantías de Paraná, Eduardo Ruhl, entendió que “corresponde hacer cesar el estado de incertidumbre que pesa sobre los justiciables”, añadió que se procuraba resguardar el derecho de aquellos a tener un pronunciamiento judicial en un plazo razonable y al debido proceso, tal como lo solicitó la defensa, a carto de Franco Azziani Cánepa, Andrés Bacigalupo y Ladislao Uzín Olleros, y resolvió dictar el sobreseimiento de Luis Alfonso Erbes e instó al fiscal, Ignacio Aramberry a archivar la causa contra la esposa de Erbes, Lucrecia Zuttión.
Ayer, tras seis años de proceso, Fiscalía no apeló aquel fallo y las resoluciones de Ruhl quedaron firmes. En aquella audiencia, Ruhl basó su decisión en los informes contables elaborados por peritos de Fiscalía, del Superior Tribunal de Justicia y de parte, para concluir en que no se pudo determinar el aludido enriquecimiento no justificado del matrimonio.
En este sentido, señaló que se incorporaron a la investigación inmuebles que el contador había adquirido con mucha anterioridad. También valoró que ambos poseían capacidad de ahorro en virtud de las remuneraciones que recibían por el trabajo que realizaban legalmente.
Azziani Cánepa confirmó a EL DIARIO que “ha quedado firme el fallo que dictó el juez Ruhl, por el que dispuso el sobreseimiento de Erbes e instó a Fiscalía que disponga el archivo de la causa respecto de su esposa, la contadora Lucrecia Zuttión, por el presunto delito de Enriquecimiento ilícito por el cual eran investigados desde el 1 de agosto de 2016”.
El defensor explicó que “el fallo fue extremadamente contundente y jurídico, pero por sobre todas las cosas se basó en dos pilares a la hora de manifestarse: resolvió sobre la cuestión de fondo y de forma”.
Azziani precisó que “respecto de la primera, entendió que durante los seis años de investigación no se recopilaron los elementos suficientes para proceder con una imputación formal respecto del matrimonio. De todas las medidas probatorias, los pedidos de informe, las pericias, las declaraciones informativas que se fueron recabando durante esos seis años, no se vislumbraron elementos suficientes para entender que se debía proseguir con la investigación y que Fiscalía debía realizar una imputación”.
“Lisa y llanamente, el juez entendió que durante aquellos seis años de investigación la Fiscalía no puso recabar siquiera con el grado de probabilidad elementos que arrojen que el matrimonio hubiera cometido el delito que se les imputó. Por eso se sobreseyó a Erbes”.
Respecto de Zuttión, el defensor expreso que Ruhl “instó a Fiscalía a archivar la causa porque Zuttión no prestó declaración informativa no se puede pedir el sobreseimiento, aunque en la realidad práctica el sobreseimiento de Erbes y el archivo causa el mismo efecto puesto que la investigación se cierra respeto de los dos. Fiscalía no apeló el archivo ante la coordinación correspondiente”.
Novedoso
Azziani Cánepa opinó que “lo novedoso del fallo es que el juez resolvió sobre la cuestión de fondo, es decir sobre estos elementos que no se recabaron para incriminar, y también sobre la cuestión de forma, por el alongado paso del tiempo, entendiendo que si se seguía con la investigación se quebrantaría la garantía del plazo razonable, por ende, hizo lugar al pedido de la defensa”.
Así, concluyó: “Entiendo que no hay elementos que le permitan a Fiscalía apelar porque se resolvió sobre ambas cuestiones, de fondo y de forma”.
Cuestionamientos a un perito
Tras el fallo de Ruhl, Azziani Cánepa, Andrés Bacigalupo y Ladislao Uzín Olleros, defensores de Erbes, en un comunicado que enviaron a EL DIARIO, realizaron duras consideraciones sobre la actuación del perito contador del Ministerio Público Fiscal (MPF), Héctor Enrique, como así también al proceso que tuvo a Erbes sospechado de un delito grave durante un alongado período de tiempo, sin imputarlo.
Los defensores cuestionaron la dilatada investigación: “Después de cinco años y siete meses de investigación, dos pericias contables, 18 pedidos de informes y tres declaraciones informativas, la Justicia de Garantías, a cargo del Juez José Eduardo Ruhl, sobreseyó al contador Luis Alfonso Erbes”.
Asimismo, destacaron que se trató de un “funcionario público -que nunca fue formalmente imputado- estuvo bajo sospecha por un delito que no cometió ni siquiera en grado de tentativa, con todo el menoscabo personal y la estigmatización que ello conlleva”.
Los letrados calificaron como “penosa y lamentable” la situación en que se ubicó a Erbes y criticaron que “se debió (entre otras irregularidades) al accionar tendencioso y malintencionado del contador Héctor Enrique quien, bajo la órbita y las directivas del Ministerio Publico Fiscal (MPF), emitió una pericia contable incriminante; cuando la tarea pericial debió enfocarse en la averiguación de la verdad a través de normas técnicas y cálculos aritméticos, optó por apartarse de esas exigencias regulatorias, para enderezar tendenciosa y maliciosamente su accionar a emitir groseras especulaciones y supuestos, huérfanas de objetividad, con el embozado objetivo de perjudicar al contador Erbes”.
Los defensores entendieron necesario destacar que “no es dato menor, que no obstante esta alongada investigación, expuesta mediáticamente, la Administración Federal de Ingresos Públicos tampoco encontró ninguna inconsistencia en sus declaraciones juradas, ni en la evolución de su patrimonio o en el origen de sus recursos financieros”.
También entendieron que la pericia contable se realizó apartada de “normas técnicas y cálculos aritméticos”, con “groseras especulaciones y supuestos, huérfanas de objetividad, con el embozado objetivo de perjudicar” a Erbes.
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