El defensor del cura señaló a El Diario una serie de omisiones que consideró “graves”, puesto que se habrían dado en el contexto de una causa que investiga el abuso sexual de un menor de edad.
Redacción EL DIARIO | [email protected]
En declaraciones a El Diario, la defensa del sacerdote acusado de Promoción de la corrupción agravada señaló que Fiscalía acudió al debate sin la prueba documental con la que sostuvo la acusación.
Cuestionó que terminado el debate, el fiscal solicitó al STJ que remita al juez que analiza las pruebas para emitir sentencia, copias del expediente en el que el cura fue condenado a 25 años de prisión por cuatro casos similares.
También resaltó que la acusación no realizó la cámara Gesell a la víctima, considerada la “prueba de oro” en este tipo de causa, y que desistió del testimonio del psicólogo que atendió al denunciante.
Milton Urrutia, defensor del sacerdote Juan Diego Escobar Gaviria junto a María Alejandra Pérez, manifestó a El Diario una serie de omisiones que consideró “graves”, puesto que se habrían dado en el contexto de una causa que investiga el abuso sexual de un menor de edad, hoy mayor, por parte de un cura.
El defensor cuestionó que el fiscal de la UFI de Nogoyá, Rodrigo Molina, fue “al juicio sin llevar la prueba documental. Después de dos años que tuvieron, porque el juicio se fue suspendiendo y se fue prorrogando por equis motivos, se olvidaron de llevar la prueba documental, una barbaridad; y hoy (por el viernes) pidieron al Superior Tribunal de Justicia (STJ) que les mande fotocopias. No nos opusimos por fair play, pero después de los alegatos (el jueves 19), hoy (por el lunes 23 de noviembre) le piden al STJ que le mande fotocopias de las pruebas que a ellos les faltaban para incorporar al legajo de la acusación, es decir, una grave desprolijidad del Ministerio Público Fiscal (MPF)”.
Solicitud
EL DIARIO accedió a la resolución que lleva la firma del presidente del STJ, Miguel Ángel Giorgio, en la que se informa que el viernes 20 “el Ministerio Público Fiscal ha solicitado el préstamo del expediente para la extracción de copias que son necesarias para su presentación ante el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay donde se lleva a cabo la audiencia de debate. Asimismo informo que el expediente se encuentra a despacho a los fines de resolver el recurso extraordinario planteado por la defensa técnica”.
Así, se ordenó: “Téngase presente lo informado, extráiganse los autos de despacho a los fines interesados por el MPF. Cumplimentado que sea, vuelvan los autos a despacho”.
Yerros
Urrutia insistió en que “no llevaron la prueba documental. Fueron a un juicio sin llevar el legajo de prueba, esto es insólito acá y en la China. Quisieron comprometernos a nosotros, pero nosotros no tenemos nada que probar, ellos son los que tienen que probar el abuso. Estas son las graves falencias de la Procuración”.
Así, sostuvo que “Fiscalía incurre en yerros en una causa de abuso, que si es que el hecho ocurrió, nosotros decimos que no existió, dejan a una víctima doblemente abusada, no sólo supuestamente por un victimario sino por el sistema, porque por no hacer las cosas bien dejan que se escape, en este caso, la persona que fue acusada”.
Debate
El debate que se sustanció contra Escobar Gaviria por una quinta supuesta víctima del sacerdote, culminó el jueves 19 a la tarde. El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay, integrado por Alejandro Calleja, Alejandra Gómez y Mauricio Derudi, dará a conocer la sentencia el 30 de noviembre, a las 8.30. En los alegatos Molina, y la querella, representada por Mariano Navarro, solicitaron una pena de 12 años de prisión, en tanto que Urrutia y Pérez, instaron la absolución.
El sacerdote llegó a este juicio con una condena de 25 años de prisión dictada el 6 de septiembre de 2017 por los delitos de Promoción de la corrupción de menores reiterada agravada por la condición de guardador y Abuso sexual simple agravado por ser cometido por ministro de culto (cuatro hechos). Esta sentencia fue confirmada por la Cámara de Casación de Paraná y está en impugnación extraordinaria ante el STJ.
¿Negligencia?
Urrutia opinó que Fiscalía “omitió, tuvo la negligencia de no hacer la Cámara Gesell y tampoco practicó pericias a la supuesta víctima, no llevó a la audiencia al supuesto psicólogo que trató a la víctima, tampoco llevó a la supuesta psicóloga que lo estaba tratando hasta hace unos días” y resaltó “las graves falencias y omisiones del MPF en una causa de abuso: no llevó y no realizó las pruebas pilares de una causa de abuso como es la Gesell. Lo único que tienen es el testimonio de la víctima; del mejor amigo, que dice que le contó pero no vi; el de la madre, que le contó; sólo testimonios, pero no tienen la prueba estrella, el pilar de todo proceso”.
Detalles
El defensor cuestionó “las graves falencias y omisiones en que incurrió el fiscal Molina, de la UFI de Nogoyá”, y añadió que “llama la atención que el fiscal coordinador (Gamal) Taleb no haya advertido estas graves falencias, donde es la primera vez que en una causa de abuso sexual y sobre todo en una causa tan relevante como es la de un religioso, puesto que la Procuración ha puesto siempre el ojo en los más mínimos detalles en lo que hace a las causas de abuso sexuales cometidos por religiosos o de algún culto confesional, que se les haya pasado esto”.
En este sentido reiteró que “no hicieron la Gesell, tampoco una pericia psicológica y psiquiátrica”. El defensor señaló que Fiscalía propuso como testigo al psicólogo que había tratado a la supuesta víctima pero luego desistió de aquel testimonio, por lo que la defensa pidió al Tribunal que sí sea entrevistado, pero, según precisó, Molina y la querella se opusieron “férreamente”.
Así, indicó que “”como defensa dejamos hecha la reserva de la situación del psicólogo. Nos hizo ruido que no quieran entrevistar a su testigo, que era el que lo trataba a SMT (la supuesta víctima)”.
Chances
Urrutia opinó que el cura “tiene grandes chances de ser absuelto, si no es lisa y llanamente puede ser absuelto por el beneficio de la duda. ¿Por qué? Porque en las causas de abuso la prueba fundamental, la prueba estrella, la columna, parte de la Cámara Gesell y de la pericia psicológica y de ahí en más avanzamos con toda la otra batería de pruebas. Lo mismo es en una causa por violencia de género o en una estafa o en un enriquecimiento ilícito, en la que hay que hacer una pericia contable, como en el caso (José) Allende; en un accidente de tránsito tiene que estar la planimetría y las pericias de accidentología vial”, ejemplificó.
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